Trabajador independiente

¿Por qué un trabajador independiente debe cotizar?

 

¿Dónde y cómo cotizar?

 

Dónde

En abril de todos los años, en el momento que hagas tu Declaración de Renta, las cotizaciones serán financiadas con la retención de impuestos. De esta manera, tendrás cobertura a todos los regímenes de seguridad social entre julio del año del pago de las cotizaciones y junio del año siguiente (12 meses).
 

La Tesorería General de la República pagará directamente las cotizaciones a cada institución, sin que tengas que hacer algún trámite adicional.
 

Por ejemplo, por las rentas del año pasado, significa que estarías desde julio del 2021 hasta junio del 2022.

Cómo

Debes cotizar obligatoriamente para estar protegido con el seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), Seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y el seguro para el acompañamiento de Niños y Niñas (ley Sanna).

Respecto a las cotizaciones relacionadas a pensión y salud, entre el 2019 y 2028, puedes elegir entre dos opciones de cotización con diferentes coberturas:

Cobertura completa

Toda tu retención del 10% se destina al pago de todas las cotizaciones, quedando cubierto de forma completa en todos los temas de seguridad social, incluyendo salud y pensiones. Ese 10% irá aumentando gradualmente hasta 17% en el 2028. 

Cobertura Parcial

Puedes cotizar para pensión y salud por un porcentaje menor de la renta imponible, el que irá subiendo anualmente hasta el 2028.

Este aumento será desde un 5% de la renta imponible anual el 2019, 17% el segundo, hasta llegar a 100% al décimo año. En este caso, cada año irá aumentando la retención y disminuyendo la devolución de impuestos de forma directamente proporcional. 

Importante: la cobertura para pensiones y salud se calculará sobre la renta imponible que efectivamente cotices, por lo que con la cobertura parcial el subsidio por licencias médicas no será completo y el monto que ahorres será muy bajo para tu futura pensión. 

Durante el periodo de transición (2019-2028) podrás cambiar tu opción de cobertura, durante la operación renta de abril de cada año.

Actualizado al: 31-08-2023