Trabajador dependiente

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia 

 

Porque sabemos lo importante que es para todos el sentirse protegido, queremos que estés informado de cómo este seguro te protege a ti y a tu familia en caso de invalidez o fallecimiento. 
El SIS o Seguro de Invalidez y Sobrevivencia es un muy buen beneficio que tienes al cotizar, sobre todo cuando eres trabajador dependiente ya que el SIS lo paga el empleador todos los meses junto con la cotización obligatoria (no tiene costo para ti). En el caso de los afiliados independientes y voluntarios deben pagarlo cada vez que cotizan. 
Y si eres trabajador dependiente, el SIS te entrega cobertura hasta 12 meses después de perder el trabajo: el único requisito es que tengas al menos 6 cotizaciones previas antes de quedar cesante. 


 

Seguro de invalidez y sobrevivencia

Ejemplo caso de invalidez

  • Hombre de 45 años
  • Casado
  • Con 2 hijos
  • Promedio de sueldo los últimos 10 años: $800.000

    Si el afiliado queda invalido este seguro lo cubrirá aportando a su cuenta obligatoria un monto aproximado de $148.000.000. El aporte del seguro se calcula para que el afiliado obtenga una pensión mensual del 70% del promedio de los últimos 10 años, en este caso, para llegar a una pensión mensual de $560.000. 

    El cálculo de aporte adicional considera:

    • Tasas de interés de Actualizaciones Aporte Adicional abril 2017: 2,37%
    • Promedio de renta de los últimos 10 años: $800.000
    • Saldo en cuenta obligatoria: $20.000.000
    • Hijos: un hombre de 15 años y una mujer de 10 años
    • El cálculo considera una cuota mortuoria de 15 UF
    • El 70% considera invalidez total, para invalidez parcial el aporte del seguro es para obtener una pensión del 50% del sueldo promedio de los últimos 10 años
       
     

    Importante:

    Para la prima del SIS, Cuprum AFP actúa como ente recaudador, la que luego es entregada directamente a la compañía de seguros correspondiente. El costo es 1,49% de la renta imponible y es pagado por tu empleador. Se encontrarán cubiertos por el seguro aquellos afiliados que a la fecha de declaración de la invalidez, se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: Trabajador dependiente que se encontraba cotizando en el mes de ocurrencia del siniestro o Trabajador dependiente que se encontraba cesante o con servicios suspendidos por un periodo no mayor a 12 meses. Deberá registrar a lo menos 6 meses de cotizaciones en el año anterior, contados desde el último día del mes en el que dejó de prestar servicios.

    Actualizado al: 15-01-2024